Cuando el sobreendeudamiento crece con rapidez, la ausencia de mecanismos legales eficaces para declararse en quiebra o resolver disputas entre acreedores y deudores alienta la interferencia política en el mercado de crédito en la forma de un alivio de la deuda ordenado por el Gobierno, puesto que tal acción muchas veces se convierte en la única alternativa para resolver deudas insostenibles. De hecho, las economías emergentes han recurrido ampliamente a programas politizados de condonación de deudas, que con frecuencia ponen en peligro la disciplina crediticia y la capacidad de los prestatarios solventes para obtener préstamos a largo plazoii.
Por lo tanto, si se pretende recuperar la economía, es fundamental mejorar la capacidad institucional para gestionar la insolvencia, por varias razones. La reforma de los marcos de insolvencia está asociada con un mayor acceso al créditoiii, una recuperación más rápida de los acreedores, mayor preservación del empleoiv, productividad más elevadav y menores tasas de quiebras entre las pequeñas empresasvi. Las reformas que permiten reducir los costos también pueden crear las condiciones adecuadas para que las empresas inviables soliciten la liquidaciónvii, lo que facilitará el flujo del crédito a otras áreas más productivas de la economía. En resumen, las reformas dirigidas a fortalecer los marcos de insolvencia en la era de la COVID19 contribuyen tanto a la gestión de la crisis como a la recuperación.
Para aliviar el sobreendeudamiento provocado por la pandemia y facilitar una recuperación económica equitativa, se recomiendan las siguientes reformas. Estas medidas pueden ser aplicadas por economías situadas en diferentes etapas de desarrollo, con regímenes de insolvencia de distintos grados de sofisticación y con diversos niveles de capacidad institucional. Son probadamente eficaces y se basan en estudios empíricos y en las lecciones de la experiencia.
Fortalecer los mecanismos formales de insolvencia
En un régimen formal de insolvencia sólido se definen los derechos y los comportamientos necesarios para llevar adelante una negociación ordenada, ya sea judicial o extrajudicialviii. Un sistema bien diseñado ofrece incentivos para motivar a los acreedores y deudores a cooperar en el proceso de resolución. Otro de los ejes de un sistema sólido está constituido por reglas predecibles referidas a los acreedores prioritarios, que definen el orden en que se pagan las deudasix; la resolución oportuna, con la que se crea un ciclo virtuoso que motiva a todos los actores a participar en negociaciones extrajudicialesx, y la presencia de funcionarios con conocimientos técnicos adecuados sobre las complejidades de la ley de quiebras. Por último, los instrumentos de alerta temprana para la rápida detección de empresas en dificultades pueden resultar de gran utilidad para ayudar a identificar a los deudores con problemas financieros antes de que estos se intensifiquen hasta convertirse en insolvenciaxi.
Facilitar los sistemas alternativos de solución de disputas
Los marcos alternativos de solución de disputas pueden brindar un camino más rápido y menos costoso que el sistema judicial formal, al tiempo que conservan parte del rigor que ofrecen los tribunales. En un proceso alternativo, el deudor y el acreedor interactúan de forma directa, asistidos por un tercero, por ejemplo, un mediador o un árbitro. Las soluciones resultantes del proceso son contractualmente vinculantes, y quienes participan en él pueden preservar la confidencialidad. Los diversos tipos de procesos alternativos conllevan distintos grados de supervisión judicial. La mediación es totalmente extrajudicial (aunque los tribunales pueden remitir a las partes en una disputa a un proceso de mediación), mientras que los mecanismos híbridos están sujetos a cierto grado de supervisión judicial o a la confirmación judicial del acuerdo alcanzado fuera del tribunal. En los procesos alternativos de solución de disputas, se requiere un nivel significativo de aceptación y cohesión de los acreedores, dado que los disidentes que no estén dispuestos a hacer concesiones pueden frenar el proceso. La comunicación activa entre los entes reguladores y el sector privado, así como el logro de consensos a través de instrumentos como los acuerdos marco o las normas que permiten establecer acuerdos de reestructuración vinculantes para los acreedores minoritarios en disidencia, pueden ayudar a abordar los desafíos asociados con la cohesión de los acreedores.
Con frecuencia se cita el Reino Unido como ejemplo de jurisdicción con un marco alternativo eficaz para la solución de controversias. El denominado “enfoque de Londres”, un conjunto no legislativo de normas y principios culturales promovidos por el Banco de la Reservaxii, orienta la forma en que los acreedores abordan voluntaria y colectivamente las dificultades de los deudores. Sus ejes fundamentales radican en que se dispone de información financiera fiable sobre el deudor y que esta se comparte entre los acreedores, que trabajan en conjunto para resolver la cuestión y repartir de manera equitativa la carga de las concesionesxiii. El enfoque de Londres requiere un nivel significativo de cooperación de los acreedores, que tal vez no se logre en algunas jurisdicciones. Una forma eficaz de facilitar la reestructuración en un contexto de menor cohesión consiste en conseguir que los tribunales aprueben acuerdos extrajudiciales que resulten vinculantes para los acreedores (este es el enfoque que se utiliza en Francia). En otra modalidad, los acreedores establecen entre sí un contrato en el que se fijan las reglas del proceso de reestructuración. Un ejemplo reciente de este enfoque es el de Turquía, con sus acuerdos marco actualizados sobre reestructuración financiera, un modelo de regulación conjunta sujeto a la supervisión del ente regulador en el que los tribunales desempeñan un papel más limitado (motivo por el cual quizás resulte atractivo para los países con sistemas judiciales débiles o de escasa capacidad).
Establecer procedimientos judiciales y extrajudiciales accesibles para las pequeñas empresas
La crisis económica impulsada por la COVID19 ha tenido un impacto descomunal en las microempresas y las pymes debido a que, por lo general, disponen de menos capital y presentan un mayor nivel de exposición a los sectores vulnerables. Las pymes con frecuencia carecen de los recursos y los conocimientos técnicos necesarios para comprender y utilizar eficazmente sistemas de insolvencia complejos y costosos. La pandemia ha agravado estos problemas estructurales, pues ha golpeado con mayor intensidad a las empresas pequeñas. Según las encuestas de opinión de las empresas organizadas por el Banco Mundial, entre mayo y septiembre de 2020, el 48 % del total de las microempresas y pymes (incluido el 53 % de las microempresas dentro de ese grupo) informaron que estaban en mora o preveían que caerían en mora durante los seis meses siguientes, mientras que, entre las grandes compañías, esa proporción era del 36 % (gráfico 3.2). Además, el 83 % del total de las microempresas y pymes (incluido el 84 % de las microempresas dentro de ese grupo) registraron un volumen menor de ventas mensuales que el año anterior, en comparación con el 73 % de las empresas grandes (gráfico 3.3).